Paraguay actualiza su legislación en materia de protección animal al modificar el estatus jurídico de los animales, reconociéndolos como seres sintientes y ya no como objetos o cosas.
- 27/01/2026
- Por Edicion Prensa
La Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal celebró el último lunes un hito jurídico en Paraguay: la promulgación de la Ley 7513/25, por la cual se reconoce a los animales como seres sintientes.
La actualización eleva el estatus de los animales que, anteriormente, eran considerados como “objetos o cosas”, conceptos que el país suprime por primera vez en su historia para avanzar hacia la empatía.
A partir de ahora, la nueva categoría contempla que los bigotudos, amigos de cuatro patas y todos los animales son “individuos con un sistema nervioso complejo, capaz de procesar no solo el dolor físico, sino el sufrimiento emocional, el miedo y el estrés”.
Por ello, la ley contempla el derecho a una vida libre de miedo; por lo tanto, se prohíben prácticas que generen terror o ansiedad prolongada, incluso si no hay daño físico.
Asimismo, se reconoce que su bienestar es un derecho protegido y no un simple acto de caridad.
El daño psicológico, manifestado como angustia, tristeza o soledad extrema, ahora son una prueba legal para obtener una condena.
Al reconocer la capacidad de sentir de los animales, el sistema legal considera el daño como irreparable. Esto eleva las sanciones económicas a penas de hasta seis años de cárcel.
El castigo máximo se aplicará a la tortura o muerte por ensañamiento contra un sistema nervioso vivo, mientras que el abandono constituye una falta grave al reconocerse la angustia que causa el desamparo.
FUENTE: UH