La defensa de Santiago Peña alega que el juicio político es nulo desde que el presidente presentó renuncia.
- 06/11/2026
- Por Edicion Prensa
Adolfo Ferreiro y Ricardo Preda ejercen la defensa de Santiago Peña en el juicio político planteado por la oposición por mal desempeño de funciones, tras el cierre del banco Ueno por insolvencia severa.
Ferreiro, quien ya defendió a Lugo en el 2012, se encargó de la parte constitucional y de procedimiento. “En todos los juicios, este Senado cumplió el principio básico; en otros casos, ante la renuncia, cesaba el juicio político porque dejaba de tener sentido”, afirmó Ferreiro.
Ferreiro señaló que el artículo constitucional que dice que la renuncia debe ser aceptada por el Congreso es una mala interpretación de una norma bastante mal escrita, pues el efecto de esta disposición es que el funcionario no sea coaccionado a renunciar.
“Ratificamos que este juicio no tiene ninguna viabilidad jurídica ni institucional y que la renuncia no puede no ser aceptada”, expresó Ferreiro. Advirtió sobre el riesgo de una costosa sanción internacional a la cual el presidente se verá obligado a recurrir en caso de una decisión arbitraria.
Por su parte, Ricardo Preda recordó al respecto que la Corte Interamericana dijo en su momento que dos días hábiles no eran suficientes para la defensa y se preguntó qué dirá sobre este plazo de unas pocas horas.
Manfiestó que el libelo incluye recortes de periódicos y publicaciones periodísticas de audios de conversaciones en los que “dicen que” tal o cual cosa. “No podemos destituir a un presidente por chismes”, subrayó.
El letrado advirtió que un libelo acusatorio exige demostrar 3 cosas: qué decisión concreta adoptó el presidente, qué decisión personal obtuvo y qué beneficio indebido tuvo, pero nada de eso está, ya que no identifica una sola decisión, un solo caso.
Respecto a la designación de autoridades del BCP, aclaró que el presidente propone los nombramientos, pero que el Congreso es el que designa al prestar acuerdo constitucional. En cuanto a la decisión de convertir la financiera en banco y aprobar la fusión, señaló que esa es una decisión del directorio del BCP.
El presidente de la República no tiene potestades sobre el IPS ni el BCP, ya que son instituciones sobre las cuales el mandatario carece de injerencia, más allá de proponer los nombramientos.
FUENTE: HOY