El programa Adultos Mayores permite incluir también a los extranjeros residentes en Paraguay, aunque además de los requisitos habituales deben cumplir con una exigencia más.
- 16/07/2026
- Por Edicion Prensa
El Ministerio de Desarrollo Social, a cargo de administrar la pensión universal, recuerda que los ciudadanos extranjeros también tienen derecho a ingresar al programa de asistencia.
Según la Ley 7.322 promulgada en diciembre del 2024, debe tener por lo menos 30 años de residencia permanente, certificada por la Dirección Nacional de Migraciones.
La edad mínima para todos es de 65 años; sin embargo, los ingresos se hacen de manera gradual. La última tanda incorporada en junio fue la de 68 años cumplidos hasta junio.
No tener salario público ni privado
No ser cotizante (aportante) de IPS
No ser contribuyente de la DNIT (si lo fue y dejó de serlo, debe tener el certificado de no ser contribuyente)
No tener más de 30 cabezas de ganado
Para cerciorarse de que el nombre de su adulto mayor está en la lista, puede ingresar a la web https://listadoam.mds.gov.py/, colocar el número de cédula y hacer la búsqueda. Además, el número habilitado para consultas es (0981) 542 917.
La asignación es del 25 % del salario mínimo vigente hasta junio, equivalente a G. 724.762. El año próximo se actualizará con el nuevo mínimo que entró a regir el 1 de julio.
La edad para las comunidades indígenas es de 55 años y para las personas con discapacidad, 60 años. Estos dos grupos ingresan de manera directa, sin gradualidad etaria.
FUENTE: HOY